SAT pretende castigo severo
La SAT busca una modificación al Código Tributario para la normativa de los cierres temporales de negocios por infracciones tributarias, con el objetivo de que la opción que tienen los jueces de imponer multas solo se pueda aplicar para servicios básicos y en el resto de casos se ordene el cierre de la empresa. Carlos Muñoz, jefe de la Superintendencia de la Administración Tributaria (SAT), explicó que la ley actual permite a los jueces resolver el cierre temporal del negocio, pero a solicitud del sancionado puede sustituirlo por la imposición de un pago. La multa, que sustituye el cierre temporal, consiste en el 10.0% de los ingresos brutos, monto que no puede ser menor de Q10 mil y en los casos de negocios inscritos en el Régimen de Pequeño Contribuyente del impuesto al valor agregado sería de Q5 mil. El superintendente explicó que detectaron casos en que los jueces imponen las multas, pero «el contribuyente paga sus Q10 mil y sigue cometiendo infracciones». (Prensa Libre 04.08.14)