Publican prohibición de acosar a deudores

Este jueves fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 28-2016 del Congreso que reforma dos artículos de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, Decreto 19-2002, el que cobrará vigencia dentro de ocho días, con el fin de regular el cobro a los deudores. Con la modificación se añade el artículo 46 bis que establece: “Se prohíbe al acreedor o agente de cobranzas, oprimir, molestar o abusar de manera insistente y repetitiva en contra de una persona, con ocasión de la gestión de cobro de una deuda”. (Siglo 21/Prensa Libre 27.05.16)

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