Exportadores pueden optar a régimen especial
En seis meses cobra vigencia el nuevo régimen electrónico de devolución de crédito fiscal que aprobó el Congreso y que busca acelerar el proceso para los exportadores que utilicen facturas electrónicas en línea. Ayer se publicó el Decreto 4-2019 que aprobó el Legislativo para apoyar al sector cafetalero y que además de extender el plazo del fideicomiso hasta el año 2051, reforma la Ley de Actualización Tributaria y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Con la nueva legislación, se establece el régimen especial electrónico de devolución del crédito fiscal a los exportadores para lo que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deberá crear un registro de exportadores calificados. Para ser incluidos en el nuevo régimen de devolución de crédito fiscal, los exportadores deben comprobar que el 50 por ciento o más de sus ingresos totales se destinan a la exportación, que están en el régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL) y que utiliza un sistema electrónico para el registro de sus operaciones. (El Periódico/Diario de Centro América 01.05.19)
