Crean rentas de Capital
La nueva Ley del ISR crea una tercera clasificación: las rentas de capital. Tanto quienes se inscriban en el régimen opcional simplificado como en el de utilidades deben poner atención, ya que si tienen ingresos clasificados como rentas de capital, según el decreto 10-2012, deben declararlos por aparte a partir del 2013, indicó el auditor Óscar Chile Monroy. El pago del impuesto de rentas de capital es mensual y debe declararse en los primeros 10 días del mes siguiente al que finalizó. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) explicó que se consideran rentas de capital, en el tema inmobiliario, a los arrendamientos, subarrendamientos, cesión de derechos, facultades, uso o goce de bienes, con una tasa que es del 10.0%. En el tema mobiliario, como intereses, arrendamientos y rentas vitalicias, es 10.0%, mientras que utilidades, dividendos y ganancias distribuidas, es del 5.0%. (Prensa Libre 07.12.12)
