Armonización CUI y NIT: CC suspende provisionalmente resolución de la SAT

La Corte de Constitucionalidad (CC) decidió, este martes 13 de mayo, suspender provisionalmente la frase de la resolución de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) con el que se estableció la armonización entre el Código Único de Identificación (CUI) del Documento Personal de Identificación (DPI) y el Número de Identificación Tributaria (NIT). En esta línea, la alta Corte decidió suspender parte de la resolución SAT-DSI-393-2025 publicada por la SAT en el Diario de Centroamérica el 17 de marzo pasado. De esta cuenta, el Tribunal Constitucional suspendió provisionalmente la frase: “para que estos puedan utilizarlo en todas las relaciones civiles, mercantiles, laborales-patronales, transacciones financieras, notariales, gestiones administrativas y judiciales, para que sirva a su vez como CUI persona y NIT a consignar”. La acción de inconstitucionalidad fue interpuesta por los abogados Diego Sagastume Vidaurre, Ricardo Sagastume Vidaurre, Marcella Carolina Orr Solares, Erick Miguel Castillo López, Carlos Rodolfo Lau Olivarez, Nadia Mariposa Castellanos Maldonado y Maynor Giovanny Caté Chirix. El profesional del derecho Diego Sagastume Vidaurre indicó en sus redes sociales que fueron notificados este martes sobre la resolución, por lo cual señaló que “cuando las cosas se hacen legalmente, todo camina”. La medida para armonizar el DPI con el NIT fue objeto de señalamientos, incluso se reportaron varias manifestaciones que tuvieron un modus operandi similar, ya que personas que con los rostros cubiertos y pancartas con extrañas demandas, bloquearon rutas en lejos de los principales edificios estatales y luego se retiraron en buses extraurbanos. (LH 14.05.25)

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