Sentencia de CC reafirma claridad

El Ministerio de Finanzas Públicas (Minfín) considera que la resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) publicada el viernes en el diario oficial que declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad contra la disposición que requiere a las empresas que emitan una certificación sobre “quiénes son los accionistas y las personas físicas que finalmente poseen o controlan las decisiones de la persona jurídica en forma directa o que indirectamente ejerzan control efectivo final de la entidad, firmada y sellada por el órgano de administración de la sociedad mercantil” reafirma el principio de transparencia. La normativa está contenida en el numeral ii de la literal d) del artículo 9 del Acuerdo Gubernativo 133-2024 reformado por el Acuerdo Gubernativo 208-2028, el cual recupera su vigencia. Enfatizó que el fallo “determinó que la disposición impugnada es razonable por constituir una forma de control de la idoneidad y la probidad de los contratistas del Estado y que constituye un ejercicio legítimo de la potestad reglamentaria del Presidente de la República”. Agregó que la Corte consideró que la información requerida se proporciona de forma voluntaria en un procedimiento administrativo específico con una finalidad legítima de interés público y sujeta a reglas de confidencialidad. El titular del Minfín, Jonathan Menkos, recordó que, a finales de julio del año pasado, antes de la suspensión provisional de la CC, cerca del 65 % de los proveedores había proporcionado la información solicitada. (DCA 21.04.26)

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