SAT habilita inscripción de nuevos regímenes

A partir de este 28 de abril, los interesados en inscribirse en los nuevos regímenes simplificados Primario (que incluye agrícola y artesanías) y Pecuario (incluyendo ganaderos), que cumplan los requisitos, podrán iniciar su incorporación ante la SAT, informó esa entidad. El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Maga) ya estableció los requisitos para el registro y dictamen de contribuyentes. La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) indicó que este martes 28 de abril del 2026 entra en vigor el reglamento del Decreto 31-2024, Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario (contenido en el Acuerdo Gubernativo 54-2026). Con esa ley se establecen dos regímenes simplificados de producción y comercialización de productos destinados a supermercados, mercados cantonales y municipales, centros de acopio y restaurantes. Uno es el régimen del sector agrícola y de artesanías, conocido como Régimen Primario. El otro corresponde al sector pecuario, hidrobiológico y apícola, conocido como Régimen Agropecuario. Entre otros requisitos y condiciones, el límite máximo para incorporarse al régimen primario es de 3 mil 500 salarios mínimos (alrededor de Q13.3 millones anuales), y para el régimen pecuario no se estableció límite máximo, con excepción de que las grandes compañías no pueden inscribirse. La SAT explicó que los sistemas de esa entidad se encuentran habilitados desde el 9 de abril del 2025, cuando entró en vigor la ley; sin embargo, la inscripción efectiva en estos regímenes quedó sujeta a la entrada en vigor del reglamento, contenido en el Acuerdo Gubernativo 54-2026. Este reglamento permite la emisión del dictamen correspondiente por parte del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Maga), uno de los requisitos que establece la ley para la inscripción. Ahora, “a partir del martes 28 de abril del 2026, los interesados que cumplan con los requisitos legales podrán iniciar su incorporación al régimen y operar conforme a lo establecido en la ley y su reglamento”, agregó. (PL 28.04.26)

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