Exención del IDP e IVA se reflejará en facturas
El Ejecutivo ya cuenta con la Ley de Exención Tributaria Temporal de Emergencia al Consumidor de Combustibles, que establece un régimen de exención del IDP y del IVA, por lo que se espera su publicación en el Diario de Centro América, es decir, la sanción presidencial (aprobación). Mientras tanto, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) realiza ajustes en sus sistemas internos e informáticos para aplicar la exención, y el Ministerio de Energía y Minas (MEM) prepara el acuerdo gubernativo relacionado con el decreto 22-2026. Una vez que la medida entre en vigor y hasta el 31 de diciembre próximo, los consumidores de gasolina superior, gasolina regular y diésel observarán una reducción en los precios de venta en las estaciones de servicio. Además, la exención de ambos impuestos deberá quedar reflejada en las facturas que reciban los consumidores al adquirir combustible. Durante el fin de semana, los precios de referencia en la modalidad de autoservicio en el área metropolitana se ubicaron en Q45.29 por galón de gasolina superior, Q43.29 para la regular y Q49.39 para el diésel. La semana pasada, el MEM confirmó un ajuste de Q0.70 por galón en las gasolinas, mientras que el precio del diésel se mantuvo sin cambios. (PL 28.09.26)
