CC anula reforma a Ley del IVA

A partir del 21 de marzo, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) perdió la opción de poder fijar de manera discrecional el débito fiscal a contribuyentes que no reporten su facturación durante tres meses consecutivos y cobró de nuevo vigencia la presentación de la solvencia fiscal. Así lo estableció la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (CC), de acuerdo con el expediente 290-213 publicado el 20 de marzo en el Diario de Centro América. El contenido del párrafo segundo del artículo 14 “A” de la Ley del Impuesto al Valor Agregado queda sin vigencia, de acuerdo con lo que resolvió la CC. De acuerdo con el presidente del Colegio de Auditores y Contadores Públicos, Óscar Chile Monroy, la sentencia de la CC “saca de la Ley” esta reforma, por lo que ahora la SAT no podrá hacer ninguna presunción sobre el contribuyente. (Prensa Libre 21.03.14)

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