Elevan cuota de unidades mineras
El Ministerio de Energía y Minas publicó en el diario oficial el Acuerdo Ministerial 071-2012, el cual establece el valor de Q.1 mil por cada unidad de terreno dedicada a la extracción minera. Según la Ley de Minería en su artículo 13, una “unidad” se refiere a 1 kilómetro cuadrado, y en el artículo 67 indica que el Ministerio de Energía y Minas será el que decida en un rango de Q.100 a Q.1 mil la cuota que los mineros deberán pagar por cada unidad, a inicios del año; por lo tanto, ahora esta industria deberá cancelar en un 900% más. El acuerdo establece: “que las obligaciones serán ajustadas anualmente por el Ministerio a partir del 1 de enero de cada año y por esta única vez, a partir del 1 de marzo de 2012, el valor de las unidades se calculará tomando como base el valor de 1 Q.1000, el cual se dividirá por la tasa de cambio de referencia del Banco de Guatemala, de la fecha en que empiece a regir este acuerdo, cuyo resultado se multiplicará por la tasa de cambio de referencia vendedor del BANGUAT a la de fecha de pago”. (Siglo XXI 10.03.12)