CUI en lugar del NIT

La resolución de la Corte de Constitucionalidad (CC) que dejó sin efecto las acciones contra la armonización del Código Único de Identificación (CUI) con el Número de Identificación Tributaria (NIT) abre el camino para que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) continúe con la implementación de este proceso, que ya había comenzado para los nuevos contribuyentes. La decisión de la CC, publicada el 23 de septiembre en el Diario de Centro América, resolvió sin lugar las acciones de inconstitucionalidad planteadas contra la resolución SAT-DSI-393-2025. Con ello, también quedó sin efecto la suspensión provisional que había sido decretada en mayo de 2025. La resolución cuestionada establece la armonización del NIT con el CUI que aparece en el Documento Personal de Identificación (DPI). La CC precisó que los identificadores armonizados podrán utilizarse en las relaciones tributarias, pero que esto no significa que la SAT pueda exigir el NIT en trámites que no tengan trascendencia tributaria. Para Óscar Chile Monroy, experto tributario, la decisión de la CC permite que la SAT avance con un proceso que comenzó en octubre de 2023. Según explicó, desde ese momento la Administración Tributaria empezó a registrar a los nuevos contribuyentes utilizando como NIT los primeros nueve dígitos de su CUI. Posteriormente, la SAT contempló avanzar hacia la utilización de los 13 dígitos que conforman el código. La propia SAT explica actualmente que los NIT generados desde el 4 de octubre de 2023 están conformados por los primeros nueve dígitos del CUI, mientras que los NIT asignados antes de esa fecha no habían sufrido cambios. Chile Monroy considera que, con el fallo de la CC, la SAT podrá continuar con la implementación total de la armonización. (LH 25.09.26)

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