SAT aplicará nuevo impuesto para empresas individuales

Los retiros de fondos efectuados por propietarios de empresas individuales para gastos personales deben pagar el 3% de timbres, establece la SAT en un criterio emitido para aclarar la aplicación de esta disposición. Según expertos, aún quedan dudas acerca de si con esta medida se recae en doble tributación. El propietario de una empresa individual no puede asignarse un salario porque “no puede establecer una relación laboral consigo mismo”, explicó la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) en el criterio tributario institucional 3-2018. Lo que puede hacer es retirar fondos, pero estos deben pagar el 3%, según la Ley de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, decreto 37-92, agregó la superintendencia. Aunque esta ley existe desde 1992, muchos no pagan ese impuesto, sino únicamente reportaban como gastos no deducibles, explica la auditora Lucía Aguilar. (PL 02.05.18)

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