Ejecutivo publica reformas a las disposiciones presidenciales y decreto de ampliación del estado de Calamidad
El Ejecutivo publicó este miércoles 26 de agosto en el Diario de Centro América la reforma a las disposiciones del 26 de julio recién pasado por la pandemia del coronavirus. Afirma que es necesario reformar las disposiciones presidenciales conforme el sistema y tablero de alerta sanitaria con relación a la desescalada y escalada, con el objetivo de retornar a la vida productiva y reactivación de la economía.
En ese sentido, se establecerán condiciones que permitan el ejercicio de las actividades de las organizaciones públicas y privadas fundamentadas en la libertad de asociación, siempre bajo la primicia de la importancia de la salud pública y estricta sujeción a las medidas sanitarias. La primera se refiere al ámbito temporal de la reforma y vigencia, que es aplicable a partir de este miércoles 26 de agosto a las cero horas. En la segunda el Ejecutivo explica que se reforma la disposición presidencial décima “otras disposiciones” solamente en el numeral dos. El referido numeral queda así: se prohíben todas las reuniones, actividades o eventos recreativos, lúdicos, sociales y similares en entidades públicas y privadas, de cualquier número de personas en cualquier lugar que sea espacio público o privado. El Ejecutivo también publicó en el Diario Oficial el decreto gubernativo 17-2020 en el que decreta que se prorroga por 30 días el plazo de vigencia del estado de Calamidad por la pandemia del covid-19. (Prensa Libre/La Hora 26.08.20)
