Reparto de utilidad tendrá más control

Después de 11 años sin que la banca tuviera regulación en cuanto a la distribución de dividendos, la Superintendencia de Bancos (SIB) recobró desde el 1 de abril último esta facultad legal, con la incorporación del artículo 49 Bis a la Ley de Bancos y Grupos Financieros. La modificación es parte del artículo 6 del decreto 26-2012, que refiere que la SIB podrá limitar “a los bancos, sociedades financieras y entidades fuera de plaza o entidades off shore, la distribución de dividendos” cuando a juicio de la entidad supervisora sea necesario fortalecer la situación patrimonial de las instituciones. Tanto autoridades bancarias como representantes del sector financiero reconocen que la medida es positiva para mantener sano el sistema y evitar situaciones de quiebra de bancos, como en el caso de Bancafé, en donde los accionistas tuvieron completa libertad para manejar sus recursos pese a que el patrimonio de la institución ya estaba comprometido y esto afectó a miles de clientes que perdieron su dinero. (Prensa Libre 08.04.13)

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