Junta Monetaria fija la tabla para aportar al Fopa
Tras su publicación en el diario oficial, cobra vigencia una nueva norma que regula las tasas y mecanismos por aplicar para la cuota variable que los bancos del sistema deben aportar mensualmente al Fondo para la Protección del Ahorro (FOPA). Según esta disposición de la Junta Monetaria (JM), los bancos deberán obtener anualmente una calificación de riesgo, otorgada por una empresa especializada que sea reconocida por la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (Securities and Exchange Comisión –SEC–). La norma determina que la cuota que la institución bancaria deberá aportar al FOPA estará determinada por la calificación de riesgo que aquella haya obtenido. (Siglo XXI 22.06.13)
