Funcionarios, bajo mayor vigilancia financiera

La Superintendencia de Bancos (SIB), por medio de la Intendencia de Verificación Especial (IVE), definió el primer listado de personas expuestas políticamente (PEP), tras la entrada en vigor, en septiembre pasado, de la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo. De acuerdo con lo establecido en la ley, el listado deberá actualizarse cada dos años y la SIB será la encargada de su publicación oficial. La resolución incorpora las definiciones de asociados cercanos, beneficiario final y persona expuesta políticamente (PEP), entre otras disposiciones contempladas en la nueva legislación. Según la publicación de la SIB, las personas obligadas deberán adoptar e implementar procedimientos y medidas adicionales de debida diligencia del cliente respecto de las PEP, sus parientes en primer grado de consanguinidad, cónyuges o convivientes en unión de hecho, así como sus asociados cercanos. Estas medidas se aplicarán únicamente mientras la persona desempeñe el cargo que le fue conferido y durante un año después de haber cesado en sus funciones. Anteriormente, existía ambigüedad respecto de los cargos considerados dentro de la categoría de personas expuestas políticamente. Sin embargo, con la nueva legislación se establece un listado de cargos del sector público cuyos titulares estarán sujetos a medidas adicionales de debida diligencia, en el marco de la supervisión y las disposiciones aplicables en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo. (PL 04.11.26)

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