Guatemala levanta el secreto bancario
A partir de hoy, cobra vigencia el artículo 48 del Decreto 37-2016, que levanta la restricción que había en Guatemala para que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) tuviera acceso a la información bancaria de los contribuyentes, con fines de fiscalización. Dicha normativa, aprobada el 18 de agosto del año pasado, reformó la Ley Orgánica de la SAT, el Código Tributario y la Ley de Bancos y Grupos Financieros. En esta última se reformó el artículo 63, concerniente a la confidencialidad de operaciones, por medio del cual se adicionó al Fisco a las tres entidades que estaban facultadas para requerir documentación de los depositantes del sistema financiero. Julio Héctor Estrada, ministro de Finanzas, indicó que la expectativa es que este instrumento hará subir el recaudo, en particular por cumplimiento voluntario, porque conforme los contribuyentes vayan entendiendo que sus transacciones serán más fáciles de verificar, van a registrar de mejor manera sus operaciones. El ministro de Finanzas anticipó, no obstante, que hoy, a partir de la entrada en vigencia de la norma, habría sectores que interpongan acciones legales para dejarla sin efecto. (Diario de Centroamérica/La Hora 23.02.17)