La aplicación del etanol a las gasolinas se aplaza por un año
La aplicación de la mezcla de etanol con gasolina, que será obligatoria en Guatemala, tendrá una moratoria de 12 meses, y su vigencia en el mercado será a partir del 1 de enero del 2026, según la decisión adoptada por las autoridades del Ministerio de Energía y Minas (MEM). El Reglamento General de la Ley del Alcohol Carburante contenido en el Acuerdo Gubernativo 159-2023 indicaba que la medida cobraría vigencia el 1 de enero del 2025, pero el acuerdo gubernativo 101-2024 del MEM publicado ayer en el Diario de Centro América, ordena una ampliación de un año a la fecha de implementación, a requerimiento de los sectores importador y comercializador de combustibles. En todo caso, la ley dispone que el porcentaje mínimo de alcohol carburante a mezclar es de 5% por galón de combustible, pero el MEM deberá hacer los análisis correspondientes y fijar el porcentaje que deberá aplicarse en cada año fiscal. Se explicó que la medida del etanol solo es para las gasolinas súper y regular. El diésel, que es el de mayor consumo e importación en el mercado nacional, está excluido de la normativa del MEM. Aída Lorenzo, gerente de la Asociación Promotora de Combustibles Renovables de Guatemala, confirmó que el acuerdo publicado ayer permite una prórroga para el inicio del programa de la mezcla de etanol, porque se pospone del 1 de enero del 2025 a la misma fecha, pero del 2026. Una de las razones que explicarían esta ampliación es el cambio de autoridades de gobierno “y creo que es algo positivo e importante que se tomen su tiempo para la implementación”. Lorenzo remarcó que básicamente es aplazar por un año su vigencia, porque esto conlleva una coordinación con varios actores -de la cadena- y reiteró que, como asociación, es muy importante que las cosas se hagan correctamente y que se siga el ejemplo en los más de 60 países en los cuales ya se usa la gasolina con etanol. (PL 10.07.24)
