Puertos y Aeropuertos: el Gobierno podrá suscribir convenios internacionales de ejecución para su manejo

En el presupuesto 2025 quedó autorizado que las entidades públicas puedan suscribir convenios internacionales en materia de puertos y aeropuertos. Mientras que con la Ley de la Autoridad Designada del Sistema Portuario Nacional, se velará el cumplimiento de las normas acordadas. En el artículo 105 del Decreto 36-2024, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del estado 2025, se aborda sobre facultad de suscripción de convenios para la mejora de programas y ejecución de proyectos. Puntualmente, en el inciso “f” se autoriza que “las entidades públicas responsables en las intervenciones en puertos, aeropuertos, y transporte público masivo, quedan facultadas para suscribir convenios de ejecución con las Agencias del Sistema de Naciones Unidas con competencia en estos temas”. Cabe resaltar que la Organización Marítima Internacional (OMI), es un organismo especializado de las Naciones Unidas responsable de la seguridad y protección de la navegación y de prevenir la contaminación del mar por los buques. En ese sentido, Guatemala ha suscrito varios convenios. De acuerdo con la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ), estos son los vigentes: 1. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS):  Establece estándares mínimos para la construcción, equipamiento y operación de buques, con el objetivo de garantizar la seguridad marítima. Guatemala ratificó este convenio mediante el Decreto Ley Número 74-82. 2. Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código PBIP): Proporciona un marco para evaluar riesgos y establecer medidas preventivas para proteger buques e instalaciones portuarias contra actos ilícitos. (LH 07.01.25)

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