Ley ganadera pone en riesgo Q384.9 millones de la alimentación escolar

El presupuesto que el Ministerio de Educación (Mineduc) solicita para el Programa de Alimentación Escolar en el 2026 asciende a Q3.593 millones. De ese monto, deberá retener Q384.9 millones en concepto de IVA a las Organizaciones de Padres de Familia (OPF), encargadas de adquirir los alimentos que reciben los estudiantes en los centros educativos públicos. La retención del 12% está contemplada en el artículo 13 del Decreto 31-2024, Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario, que entró en vigor en abril pasado. El Mineduc busca que dicha norma sea derogada por el Congreso de la República. Ese artículo adiciona el 8 “A” a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (Decreto 27-92), el cual establece que las OPF no cobrarán IVA en la entrega de alimentos del Programa de Alimentación Escolar. Delega en el Mineduc la retención del impuesto al momento de realizar las transferencias para trasladarlo a la Administración Tributaria en el mes siguiente. Esto afecta la cuota diaria destinada a la alimentación de unos 3.1 millones de estudiantes ?según la matrícula proyectada para el 2025?, durante los 180 días de clases establecidos en el calendario escolar. De los Q6 asignados por niño en los niveles de preprimaria y primaria, el Mineduc retiene Q0.64, por lo que la cuota queda en Q5.36. En el caso de educación inicial y secundaria ?básico y diversificado?, de los Q4 asignados se descuentan Q0.43, lo que deja un saldo de Q3.57 para que las OPF compren y preparen los alimentos. Contar con una cuota menor limita la cantidad de productos que se pueden adquirir conforme a los lineamientos de los menús aprobados para el programa, lo que ?según el Mineduc? afecta la calidad alimentaria y nutricional de los estudiantes. La normativa también repercute en el tipo de proveedores que pueden abastecer a las OPF, ya que el artículo 18 ?que reforma el artículo 16 de la Ley de Alimentación Escolar (Decreto 16-2017)? dispone que las compras deben respaldarse con factura. Los proveedores deben estar inscritos en los regímenes de la Ley de Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario, y cumplir con los requisitos mínimos que fija el reglamento. (PL 03.10.25)

También te podría gustar...

Deja una respuesta