MEM oficializa inicio de mezcla de etanol en la regular

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) oficializó, por medio del Acuerdo Ministerial 333-2026/SG, que desde el próximo 22 de agosto del presente año la gasolina regular comercializada en el territorio nacional deberá incorporar alcohol carburante (etanol). La normativa emitida el 3 de agosto fue publicada este día en el diario oficial y entra en vigencia hoy mismo. El texto establece las pautas para la ejecución gradual del régimen de mezcla de biocarburantes en el país, en el marco de la Ley del Alcohol Carburante, Decreto Ley 17-85, del Jefe de Estado. El artículo 2 señala que la incorporación del etanol “a la gasolina regular será a partir del 22 de agosto de 2026, en las proporciones y especificaciones normadas para la distribución y comercialización en el territorio nacional”. El artículo 3 detalla que, a diferencia de la regular, el comienzo de la mezcla en la “superior quedará sujeto a los dictámenes técnicos que realice la dirección competente, los cuales deberán considerar la evaluación de aspectos técnicos y económicos que puedan afectar a las partes que realicen actividades relacionadas con el manejo, transporte, comercialización y adición del alcohol carburante”. Una vez elaborados dichos estudios por parte de las dependencias competentes, el MEM emitirá un nuevo acuerdo ministerial en el que se especificará la fecha de comienzo para este combustible. El acuerdo establece cómo serán los trabajos de inspección y trazabilidad del biocombustible, con el objetivo de garantizar la calidad del suministro por medio de la Dirección General de Hidrocarburos y la Dirección Competente para realizar las tareas de supervisión, fiscalización e inspección continua. (DCA 05.08.26)

También te podría gustar...

Deja una respuesta