Proveedores serán reportados de nuevo
La CC restituyó la disposición de enviar un listado de sus proveedores, como parte del formulario de declaración mensual de dicho impuesto. Todos los contribuyentes afectos al régimen general del impuesto al valor agregado (IVA), gravado con la tasa del 12%, deberán reportar, por lo menos, a sus 10 principales proveedores. A este proceso, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) le denomina el Top 10 de Proveedores y, de no incluirlos, el contribuyente no podrá enviar la declaración mensual del IVA, lo que le representaría multas por no presentarla y omitir el pago del tributo. La obligación entró en vigencia en enero del 2019, pero en julio del 2021, la Corte de Constitucionalidad (CC) la suspendió. Sin embargo, según la resolución publicada en el Diario de Centroamérica el 12 de abril último, esta fue restituida. Con base en esa decisión, la SAT habilitó de nuevo el formulario SAT-2237, por lo que está vigente desde el lunes 18 de abril, así que el contribuyente debe incluir en ese formulario el Número de Identificación Tributaria (NIT) y el nombre de su proveedor, la cantidad de facturas y el monto base de las mismas. Sin embargo, el especialista tributario Óscar Chile Monroy, afirma que esa disposición sigue siendo violatoria de la Constitución Política de la República porque si el contribuyente no incluye la información, no puede enviar su declaración mensual del IVA y pagar su impuesto en el plazo estipulado. (Prensa Libre 22.04.22)