Solvencias de Trabajo: ministerio publica reglamento para emitir digitalmente estos documentos
El Ministerio de Trabajo publicó este 3 de marzo, en el Diario de Centro América, el Acuerdo Gubernativo 33-2023 en el que emitió el Reglamento para la emisión de solvencias de faltas de trabajo y previsión social, con el cual este documento será emitido ahora de forma digital. El acuerdo explica que la Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto número 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala, establece que “es necesaria la actualización de sistemas y acciones que permitan la modernización de la gestión administrativa por medio de la simplificación, agilización y digitalización de trámites administrativos, siendo necesario que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social emita las Solvencias de Faltas de Trabajo y Previsión Social de manera digital para que el usuario pueda acceder a ella de manera eficaz pudiendo esta ser utilizada en los diferentes trámites que al interesado le convenga”. Según el acuerdo, este reglamento regula el procedimiento para la solicitud y emisión de la Solvencia de Faltas de Trabajo y Previsión Social, conocidas como Solvencia de Trabajo, la cual será emitida de forma electrónica por la Inspección General de Trabajo, por medio del Registro de Faltas de Trabajo y Previsión Social. Explica que dichas solvencias digitales serán emitidas mediante la plataforma electrónica creada para la solicitud de las mismas, según Acuerdo Ministerial número 55-2021. En el artículo 2 se establece que la Inspección General de Trabajo administrará el Registro de Faltas de Trabajo y Previsión Social y será responsable de administrar, verificar, consolidar y mantener actualizada la información de las faltas de trabajo a nivel nacional. El documento establece que dentro del Registro se encontrarán “los nombres de las personas individuales o jurídicas que hayan sido sancionadas conforme a todos los procedimientos respectivos en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, debido a incumplimientos de la legislación laboral o de previsión social que hayan causado estado en sede administrativa o causado firmeza en sede judicial incluyendo los incidentes laborales que hayan sido promovidos por dicho Ministerio”. El Registro de Faltas de Trabajo y Previsión Social deberá emitir y firmar las Solvencias de Trabajo que se soliciten, conforme el procedimiento que está establecido en este acuerdo y conforme a lo que regula el artículo 272 del Código de Trabajo. (Prensa Libre 03.03.23)