MEM establece porcentaje de biocombustible

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) publicó el Acuerdo 359-2025/SG, el cual norma, de forma permanente y obligatoria, que los combustibles comerciales deben ser mezclados con alcohol carburante, inflamable originado de la caña de azúcar para reducir el impacto ambiental de los fósiles. A partir de la publicación del acuerdo, se instituyó que debe combinarse con los fósiles 10 % de alcohol carburante. Esta se compone, a su vez, de 60 % de etanol avanzado y 40 % de alcohol carburante; ambos compuestos son de origen vegetal. Esta estrategia se establece en el Decreto Ley 17-85, Ley del Alcohol Carburante para reducir la contaminación, las emisiones de carbono y la promoción del uso de biocombustibles. (DCA 03.11.25)

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